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Preguntas frecuentes

1. ¿Cuáles son las funciones del Tribunal de Justicia Administrativa?

R.- El tribunal de justicia administrativa es un órgano dotado de plena autonomía para dictar sus resoluciones y establecer su organización, funcionamiento, procedimientos y, en su caso, recursos contra sus resoluciones. teniendo por objeto dirimir las controversias que se susciten entre la administración pública estatal, paraestatal, organismos centralizados y descentralizados, ayuntamientos; y los particulares; así como imponer sanciones a los servidores públicos por responsabilidad administrativa grave, y a los particulares que incurran en actos vinculados, en el Estado de Baja California Sur.

2.- ¿Cómo está integrado el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Baja California Sur?

R.- De momento el Tribunal de Justicia Administrativa está integrado a grandes rasgos, por:

  • El Pleno, que es el órgano colegiado de este Tribunal, siendo éste la máxima autoridad, integrado de momento por el Magistrado Presidente, el Magistrado Instructor adscrito a la primera sala unitaria del Tribunal, el Magistrado Instructor adscrito a la tercera sala unitaria del Tribunal, y el Secretario General de Acuerdos.
  • La Presidencia: La Presidencia del Tribunal estará Integrada por el Magistrado Presidente y su auxiliar, el Secretario Ejecutivo Adscrito a Presidencia. El Magistrado Presidente hace las veces de representante legal.
  • Salas Unitarias Ordinarias: Actualmente el Tribunal cuenta con tres salas unitarias ordinarías, que a su vez están integradas por el Magistrado Instructor, y el secretario de estudio y cuenta adscrito a la sala bajo su cargo.
  • Secretaría General de Acuerdos: Integrado por el Secretario General de Acuerdos, Secretario de Acuerdos, Oficiales Auxiliares. Actuaría y Oficialía de Partes.
  • Además de contar con todo un aparato Administrativo, que ayuda al correcto funcionamiento interno, administración de bienes y recursos, así como al correcto cumplimiento de las obligaciones en materia de Transparencia y rendición de cuentas por parte de este Tribunal.

3.- ¿Qué hace, sobre qué conoce el Tribunal?

R.- El Tribunal tiene como principal objetivo el dirimir las controversias que se susciten entre las administraciones Estatales, Municipales y Particulares respecto de actos vinculados con faltas administrativas graves al ser el encargado de imponer sanciones a los servidores públicos Estatales, Municipales y a los Particulares vinculados a hechos de corrupción que permitan contar con un gobierno transparente, responsable y eficiente, cercano a la gente, que dé cuenta de cada una de sus acciones, en donde no tenga cabida la corrupción en cualquiera de sus manifestaciones.

4.- ¿Qué es el procedimiento contencioso administrativo?

R.- El pasado 17 de mayo del 2018 se publicaron en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, dos nuevos ordenamientos que sientan un precedente importante en materia de Justicia Administrativa en el Estado:

La Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado y Municipios de Baja California Sur, encargada de regular los actos, procedimientos y resoluciones de la Administración Pública, emitidas de oficio o a petición de parte. Es importante mencionar que dicha Ley también aplicará a los organismos descentralizados y desconcentrados de la Administración Pública Paraestatal y Paramunicipal, respecto de sus actos de autoridad, a los servicios que el Estado o el Municipio preste de manera exclusiva, y a los contratos que los particulares solo puedan celebrar con el mismo o que afecten la esfera jurídica de los particulares.

Por otro lado, la Ley de Procedimiento Contencioso Administrativo para el Estado de Baja California Sur, tiene por objeto regular el juicio contencioso administrativo como procedimiento para la resolución y en su caso ejecución por el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Baja California Sur, de los conflictos y controversias que se susciten entre los particulares y la administración pública estatal o municipal, así como de los recursos que los particulares y las autoridades podrán interponer en contra de los fallos que pronuncie el propio Tribunal.

De igual manera, regula los juicios que se sigan en el Tribunal, atendiendo a las atribuciones y procedimiento establecidos en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur.

5.- ¿Qué es el procedimiento de Responsabilidades Administrativas?

R.-  La Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur fue publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el pasado 27 de junio de 2017, y tiene por objeto establecer las competencias del Estado y los Municipios para determinar las responsabilidades administrativas de los Servidores Públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que estos incurran y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como los procedimientos para su aplicación.

6.- ¿Qué es el sistema estatal anticorrupción?

R.- Regulado por la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Baja California Sur, es el encargado de establecer las bases de coordinación entre las autoridades estatales competentes en la prevención, detección, investigación y sanción de las faltas administrativas y hechos de corrupción.

Así como generar mecanismos de cooperación en la materia anticorrupción con las demás entidades federativas; establecer las bases mínimas para la prevención de hechos de corrupción y faltas administrativas, así como la fiscalización y control de los recursos públicos; coordinar las bases para la emisión de políticas públicas integrales en el combate a la corrupción, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos; entre otras.

7.- ¿Quiénes lo Integran?

R.- El Sistema Estatal Anticorrupción está integrado por el comité de participación ciudadana y el comité coordinador; a su vez, el comité coordinador se integra por:

Son integrantes del Comité Coordinador:

  1.  El Presidente del Comité de Participación Ciudadana, quien a su vez lo presidirá;
  2. El titular de la Auditoria Superior del Estado;
  3. El titular de la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción;
  4. El titular de la Contraloría General;
  5. El Presidente del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Baja California Sur;
  6. El Comisionado Presidente del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California Sur, y
  7. El Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Baja California Sur.

8.- ¿Cuál es el papel del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Baja California Sur, en el nuevo Sistema Estatal Anticorrupción?

R: Como parte de los operadores del Sistema Estatal Anticorrupción, el Tribunal de Justicia Administrativa, tiene por objetivo el contribuir al fortalecimiento y gobernabilidad del Estado de Baja California Sur, basado en la observancia estricta de los ordenamientos jurídicos por las Autoridades Administrativas y por los gobernados, como condición indispensable para el desarrollo pleno del Estado y de la Sociedad.

9.-¿Dónde esta ubicado el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Baja California Sur?

R.- Blvd. Constituyentes de 1975 #204 e/ Cabrilla y Tiburón, Fracc. Fidepaz. C. P. 23094. Como mayor referencia, está ubicada en el antiguo edificio de la Junta de Conciliación y Arbitraje. Nuestro horario de atención es de Lunes a Jueves, de ocho de la mañana a tres de la tarde, viernes de ocho de la mañana a dos de la tarde, y nuestros teléfonos son, el 6882358 y 6882340.

10.- ¿Cómo realizar los cómputos de los plazos en los procedimientos que se siguen en el TJABCS?

R.- Para contestar esta pregunta, hemos elaborado un pequeño video que esperamos sea de tu agrado.