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ACUERDO DEL PLENO 023/2020 DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

Categoría: Avisos
Publicado 18-Ago-2020

El Pleno del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Baja California Sur, en sesión de resolución celebrada el catorce de agosto de dos mil veinte, expidió el siguiente acuerdo general:

¨ACUERDO

Primero.- En tanto el Pleno del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Baja California Sur fije el criterio o criterios respectivos cuando resuelva los recursos de revisión interpuestos en contra de las sentencias definitivas emitidas por las salas instructoras que integran este órgano jurisdiccional, en los que la controversia planteada haya consistido en determinar si es ilegal o no la boleta de infracción levantada por la prestación de un servicio público o particular de transporte, en sus diversas modalidades, al actualizarse el supuesto previsto en artículo 200 del Reglamento de Tránsito del Municipio de Los Cabos, Baja California Sur, los juicios que ingresen así como los que se estén substanciando, deberán continuar el trámite hasta el cierre de instrucción, así mismo, aquellos que estén por resolverse, aplazaran el dictado de la resolución definitiva que en derecho proceda.

Segundo.- Este Acuerdo General, deberá agregarse en cada uno de los expedientes de juicios contenciosos administrativos competencia de este tribunal en que se actualice el supuesto a que se refiere el punto anterior, así como publicarse en la página de internet institucional.

Tercero.- Se instruye al Secretario General de Acuerdos dar el debido cumplimiento al presente Acuerdo de Pleno.

Dado en la Sexta Sesión Ordinaria de Resolución del Pleno del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Baja California Sur celebrada el día catorce del mes de agosto del año dos mil veinte, registrado en el libro de gobierno bajo el Acuerdo de Pleno No. 023/2020, aprobado de manera unánime por el Magistrado Presidente adscrito a la Segunda Sala Unitaria LIC. RAMIRO ULISES CONTRERAS CONTRERAS, Magistrada adscrita a la Primera Sala Unitaria LIC. ANGÉLICA ARENAL CESEÑA y Magistrada adscrita a la Tercera Sala Unitaria LIC. CLAUDIA MÉNDEZ VARGAS, ante el Secretario General de Acuerdos LIC. JESÚS MANUEL FIGUEROA ZAMORA, quien da fe. DOY FE.-…¨ (cuatro firmas ilegibles).

Lo que hago de su conocimiento para todos los efectos legales a que haya lugar.

Licenciado Jesús Manuel Figueroa Zamora.

(una firma ilegible)

Secretario General de Acuerdos del Tribunal

de Justicia Administrativa del Estado de Baja California Sur.

https://www.tjabcs.gob.mx/wp-content/uploads/2020/08/ACUERDO-DEL-PLENO-023-2020.pdf